«Las Bases de Nuestra Aventura»
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ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CLUB ALTAIR DE AVENTURA INTEGRAL
CAPÍTULO I: DENOMINACIÓN, FINES Y ACTIVIDADES
Artículo 1. Denominación
Con la denominación «CLUB ALTAIR DE AVENTURA INTEGRAL», se constituye una ASOCIACIÓN deportiva sin ánimo de lucro, al amparo del artículo 22 de la Constitución Española y de la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del Derecho de Asociación.
Artículo 2. Naturaleza y Duración
La Asociación es una organización sin ánimo de lucro, de carácter permanente y duración indefinida.
Artículo 3. Fines Fundacionales
Son fines principales de la Asociación:
- Fomentar la práctica integral de deportes de aventura y montaña.
- Promover la educación ambiental y el conocimiento del medio natural.
- Facilitar el acceso a actividades multidisciplinares de aventura.
- Crear una comunidad activa alrededor de los deportes de naturaleza.
- Organizar expediciones y salidas que combinen diferentes disciplinas deportivas.
Artículo 4. Actividades
Para el cumplimiento de sus fines, la Asociación realizará las siguientes actividades:
- Organización de salidas y expediciones de: alpinismo, escalada, esquí de montaña, barranquismo, espeleología, mountain bike, kayak, travesías de aventura.
- Impartición de talleres formativos y cursos técnicos.
- Desarrollo de programas de educación ambiental.
- Colaboración con otras entidades afines.
- Adquisición y mantenimiento de material deportivo colectivo.
- Organización de eventos y competiciones no competitivas.
CAPÍTULO II: ÓRGANOS DE GOBIERNO
Artículo 5. Órganos de Gobierno
Los órganos de gobierno de la Asociación serán:
- La Asamblea General
- La Junta Directiva
- Las Comisiones de Trabajo
Artículo 6. Asamblea General
6.1. La Asamblea General es el órgano supremo de la Asociación.
6.2. Estará constituida por todos los socios.
6.3. Se reunirá en sesión ordinaria dos veces al año.
6.4. Sesiones extraordinarias cuando lo decida la Junta Directiva o lo solicite el 35% de los socios.
Artículo 7. Funciones de la Asamblea General
- Aprobar la gestión de la Junta Directiva.
- Aprobar el presupuesto anual.
- Elegir y destituir a los miembros de la Junta Directiva.
- Modificar los Estatutos.
- Acordar la disolución de la Asociación.
- Aprobar el plan de actividades.
Artículo 8. Junta Directiva Fundadora
8.1. Composición inicial:
- Presidente: Manuel Fermín Sánchez Carreño
- Vicepresidente: Salvador Sánchez Sánchez
- Secretario: Máfer Sánchez Sánchez
- Tesorero: Gabriel Sánchez Sánchez (interino)
- Vocales: 2 socios voluntarios o elegidos por votación
8.2. Los cargos tendrán una duración de 3 años.
Artículo 9. Funciones de la Junta Directiva
- Dirigir las actividades sociales.
- Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.
- Elaborar el presupuesto y la memoria anual.
- Admisión y baja de socios.
- Contratación de servicios necesarios.
CAPÍTULO III: SOCIOS
Artículo 10. Clases de Socios
10.1. Socios Fundadores: Los que suscriben estos estatutos.
10.2. Socios de Número: Quienes se incorporen posteriormente.
10.3. Socios Juveniles: Menores de 18 años.
10.4. Socios Honorarios: Personas que presten servicios relevantes.
Artículo 11. Requisitos de Admisión
- Ser mayor de 18 años o menor con autorización de tutor legal.
- Aceptar los presentes Estatutos.
- Abonar la cuota de inscripción y las cuotas periódicas.
- Compartir los fines de la Asociación.
Artículo 12. Derechos de los Socios
- Participar en todas las actividades.
- Elegir y ser elegido para cargos directivos.
- Recibir información sobre la gestión.
- Utilizar los bienes e instalaciones de la Asociación.
- Hacer sugerencias a los órganos de gobierno.
Artículo 13. Deberes de los Socios
- Cumplir los presentes Estatutos.
- Abonar las cuotas.
- Respetar las decisiones de los órganos de gobierno.
- Mantener conducta deportiva y respetuosa.
- Cuidar el material e instalaciones.
Artículo 14. Bajas
- Por renuncia voluntaria.
- Por impago de cuotas.
- Por conducta contraria a los fines de la Asociación.
- Por expulsión acordada por la Junta Directiva.
CAPÍTULO IV: RÉGIMEN ECONÓMICO
Artículo 15. Patrimonio Inicial
El patrimonio inicial de la Asociación está constituido por:
- Aportación fundacional: 300€
- Material deportivo valorado en 2.000€ aportado por los fundadores
Artículo 16. Recursos Económicos
- Cuotas de socios.
- Subvenciones públicas y privadas.
- Donaciones y herencias.
- Ingresos por actividades.
- Cualquier otro recurso lícito.
Artículo 17. Cuotas
17.1. Cuota anual ordinaria: 60€
17.2. Cuota reducida (jubilados, estudiantes): 40€
17.3. Cuota familiar: 100€ (2 adultos + menores)
17.4. Las cuotas se revisarán anualmente en Asamblea General.
Artículo 18. Presupuesto
- La Junta Directiva elaborará el presupuesto anual.
- Será sometido a aprobación de la Asamblea General.
- Incluirá ingresos y gastos previsionales.
CAPÍTULO V: ACTIVIDAD DEPORTIVA Y SEGURIDAD
Artículo 19. Principios de Actividad
19.1. Todas las actividades se desarrollarán con criterios de seguridad.
19.2. Se priorizará la formación progresiva de los socios.
19.3. Se fomentará la participación en diferentes disciplinas deportivas.
Artículo 20. Seguro Deportivo
20.1. La Asociación contratará seguro de responsabilidad civil y de accidentes.
20.2. Se recomendará a los socios la tarjeta federativa de montaña.
20.3. En actividades de riesgo y expediciones, será obligatorio seguro específico.
Artículo 21. Material Colectivo
21.1. La Asociación dispondrá de material colectivo para uso de los socios.
21.2. El reglamento de uso se aprobará por la Junta Directiva.
21.3. Los socios contribuirán al mantenimiento del material.
CAPÍTULO VI: COMISIONES DE TRABAJO
Artículo 22. Comisiones Permanentes
Se establecerán las siguientes comisiones:
- Comisión de Alpinismo y Escalada
- Comisión de Espeleología y Barranquismo
- Comisión de Ciclismo de Montaña
- Comisión de Actividades Acuáticas
- Comisión de Formación y Seguridad
- Comisión de Sostenibilidad Ambiental
Artículo 23. Funcionamiento de Comisiones
- Estarán formadas por socios voluntarios.
- Elegirán un coordinador entre sus miembros.
- Presentarán sus propuestas a la Junta Directiva.
- Se reunirán al menos trimestralmente.
CAPÍTULO VII: RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 24. Faltas
Se consideran faltas:
- Incumplimiento de los Estatutos.
- Conducta antideportiva.
- Daño intencionado al material o instalaciones.
- Actuación que ponga en riesgo la seguridad del grupo.
Artículo 25. Sanciones
- Amonestación verbal.
- Amonestación por escrito.
- Suspensión temporal.
- Expulsión definitiva.
CAPÍTULO VIII: DISOLUCIÓN
Artículo 26. Causas de Disolución
- Acuerdo de la Asamblea General.
- Imposibilidad de cumplir los fines.
- Fusión con otra entidad.
- Otras causas previstas en la ley.
Artículo 27. Liquidación
- Se designará una comisión liquidadora.
- El patrimonio sobrante se destinará a entidades con fines similares.
- En ningún caso se repartirá entre los socios.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera. Registro
La Asociación se inscribirá en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Segunda. Régimen Interno
La Junta Directiva podrá aprobar un Reglamento de Régimen Interno para desarrollar estos Estatutos.
Tercera. Modificación de Estatutos
Cualquier modificación de estos Estatutos requerirá el voto favorable de 2/3 de la Asamblea General.
